Sentencia del Tribunal Supremo de 18-11-2016
Esta sentencia es la que dio origen a la noticia publicada en el Diario SUR el pasado día 23 y de la que se informó también aquí. Se trata de una sentencia que afecta a un ámbito clasificado como suelo urbano no consolidado en el PGOU de Málaga y que según el Tribunal Supremo merece la categoría de consolidado.
Tanto en el PGOU de Málaga como en otros planes generales hay muchos ámbitos en situaciones similares y cuya consideración como suelo urbano no consolidado está amparada en la categorización que establece Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía sobre el suelo urbano. En los últimos años el Tribunal Supremo ha pronunciado numerosas sentencias en este sentido para casos similares por lo que, probablemente, tendrá que revisarse dicha categorización.